- De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo. Articulo 58. Obligaciones especiales del trabajador.
(Decidimos destacar el siguiente punto de acuerdo a nuestra organización)
- No comunicar con terceros, salvo la autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales del trabajo ante las autoridades competentes.
- De acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo. Articulo 62. Terminación del contrato por justa causa.
(Decidimos destacar los siguientes puntos de acuerdo a nuestra organización)
- Cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales que incumben al trabajador de acuerdo con los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, o cualquier falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales contratos individuales o reglamentos.
- El que el trabajador revele los secretos técnicos o comerciales, o dé a conocer asuntos de carácter reservado con perjuicio de la empresa.